vivienda habitual requisitos

Para que una vivienda pueda ser considerada como vivienda habitual y, por tanto, gozar de los beneficios fiscales que se establecen en la Ley, deberá cumplir los requisitos que se detallan a continuación:

  • Que la persona titular del inmueble y su familia residan en él de forma continua y efectiva. No será necesario que la residencia sea ininterrumpida, siempre y cuando se pueda acreditar que el domicilio es el habitual, es decir, el lugar al que la persona se traslada habitualmente, aunque periódicamente esté en otro lugar.
  • Que la vivienda no esté alquilada.
  • Que la vivienda no sea un local comercial, aunque esté destinado a vivienda.
  • Que la vivienda no esté afectada a un uso distinto del de vivienda habitual, como por ejemplo, si se usa como oficina.

En el supuesto de que la vivienda no cumpla estos requisitos, pero sí se destine a vivienda habitual, podrá ser considerada como segunda residencia. Esto significa que, aunque no se podrán aplicar los beneficios fiscales de la vivienda habitual, sí se podrá tener en cuenta a efectos fiscales.

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