Para emitir un recibo por honorarios, la SUNAT exige que el contribuyente cumpla con ciertos requisitos:
1. Registrarse como contribuyente ante la SUNAT.
2. Tener un RUC activo.
3. No estar sujeto al Régimen de Retención de Impuestos.
4. Tener una cuenta bancaria a nombre del contribuyente en soles.
5. No tener deudas pendientes con la SUNAT.
6. No estar en el Régimen Especial de Tributación para las Microempresas y las Empresas de Menor Tamaño (MIPYME).
Una vez que se cumplen estos requisitos, el contribuyente podrá emitir recibos por honorarios a través de su cuenta en el Portal de la SUNAT.