En Galicia, el subsidio por desempleo está regulado por la Ley 8/2011, de 28 de diciembre, de prestaciones por desempleo . Este subsidio está destinado a las personas desempleadas que coticen en la Seguridad Social y cumplan unos requisitos de carencia, entre los que se encuentra el haber cotizado durante un período mínimo de 12 meses en los últimos 18 meses.
Para acceder al subsidio, la persona desempleada debe solicitarlo a la Oficina de Empleo de su municipio. La solicitud se realiza a través del Sistema de Empleo Público (SEP) y, una vez tramitada, se notificará a través de este mismo sistema.
El subsidio por desempleo tiene una duración máxima de 24 meses, aunque en algunos casos especiales puede prorrogarse por un máximo de 6 meses más. La cuantía del subsidio se calcula en función de los ingresos percibidos por la persona desempleada en los últimos 12 meses. No obstante, la cuantía mensual máxima del subsidio es de 537,84 euros .