Los trabajadores por cuenta propia mayores de 55 años podrán beneficiarse de un subsidio por jubilación anticipada a partir del 1 de enero de 2020. El subsidio será de hasta el 100% de la base reguladora y se podrá percibir hasta los 67 años de edad. Esta medida se enmarca dentro del Plan de Prevención y Protección de la Salud en el Empleo 2019-2021, que tiene como objetivo mejorar la salud y la seguridad de los trabajadores independientes.
Para acceder al subsidio, los trabajadores por cuenta propia deberán cotizar durante al menos 25 años y haber cotizado, al menos, los últimos cinco años de forma ininterrumpida. Asimismo, deberán acreditar una reducción significativa de su capacidad para el trabajo, debido a una enfermedad o a una incapacidad física o psíquica. El importe del subsidio será calculado en función de la base reguladora y no será compatible con otras prestaciones por jubilación anticipada o por invalidez.
Este subsidio pretende mejorar la situación de los trabajadores por cuenta propia mayores de 55 años, facilitándoles la jubilación anticipada en caso de tener una enfermedad o una incapacidad que les impida seguir trabajando. La medida se enmarca dentro del Plan de Prevención y Protección de la Salud en el Empleo 2019-2021, cuyo objetivo es mejorar la salud y la seguridad de los trabajadores independientes.