El subsidio de mayores de 55 años se otorga a las personas que cumplen dicha edad y que se encuentran en situación de desempleo. Este subsidio tiene como objetivo facilitar la reinserción laboral de las personas mayores de 55 años, y se caracteriza por ser de carácter personal, intransferible e incompatible con cualquier otra prestación o subsidio. Para acceder a este subsidio es necesario:
- Estar en situación legal de desempleo, inscrito como demandante de empleo y no estar cobrando ninguna prestación por desempleo.
- No estar en edad de jubilación forzosa.
- No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMIC).
- No tener derecho a percibir otra prestación o subsidio por desempleo, salvo en los casos en los que dicho subsidio sea de carácter transitorio.
El importe del subsidio: El subsidio de mayores de 55 años se otorga en función de la base reguladora de la prestación por desempleo a la que hubiera tenido derecho el beneficiario. El importe del subsidio corresponde al 75% de dicha base reguladora, y su cuantía no podrá ser inferior a 833,70 euros ni superior a 1.250,55 euros. Este subsidio se abona mensualmente, de forma anticipada y mediante transferencia bancaria.