subsidio mayores 52 años y herencia del cónyuge

Los mayores de 52 años tienen derecho a un subsidio por fallecimiento de su cónyuge. La herencia del cónyuge no se afecta por este subsidio. Los beneficiarios del subsidio son los hijos menores de edad y los hijos mayores de edad incapacitados para trabajar que dependan económicamente del fallecido. Si el fallecido no deja hijos, el subsidio será para los padres o hermanos que dependan económicamente del fallecido.

Para solicitar el subsidio, los beneficiarios deberán presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción.
  • Documentación que acredite la parentesco con el fallecido.
  • Documentación que acredite la dependencia económica respecto al fallecido.
  • Documentación que acredite la edad del solicitante.

El subsidio será abonado en una cuenta bancaria a nombre del beneficiario.

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