solicitud nacionalidad española por matrimonio pdf

La nacionalidad española puede adquirirse por varios medios, entre los que se encuentra el matrimonio con un ciudadano español. No obstante, para que el matrimonio sirva como vía para la obtención de la nacionalidad, deben cumplirse una serie de requisitos establecidos en la ley. En este artículo te explicaremos cuáles son esos requisitos y el procedimiento que debes seguir para solicitar la nacionalidad española por matrimonio.

Los requisitos para solicitar la nacionalidad española por matrimonio son los siguientes:

  • Estar casado con un ciudadano español
  • Llevar un mínimo de dos años de matrimonio
  • No haber estado separado de hecho durante esos dos años
  • Residir legalmente en España
  • No tener antecedentes penales en España o en el país de origen
  • No tener antecedentes penales en ningún otro país
  • Contar con un seguro de salud
  • No tener deuda con la Seguridad Social española
  • Tener un certificado de penales del país de origen
  • Aprobar un examen de conocimientos de historia, geografía y derechos fundamentales de España

Una vez que se cumplen todos los requisitos anteriores, se debe seguir el siguiente procedimiento:

  1. Solicitar cita previa en el Registro Civil español para presentar la documentación.
  2. Acudir a la cita con todos los documentos necesarios (originales y copias).
  3. Realizar el examen de conocimientos de historia, geografía y derechos fundamentales de España.
  4. Esperar a que se resuelva la solicitud.

La documentación necesaria para solicitar la nacionalidad española por matrimonio es la siguiente:

  • Solicitud por escrito dirigida al Registro Civil.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de empadronamiento en España.
  • Certificado de penales del país de origen.
  • Documentación acreditativa de la residencia legal en España.
  • Documentación acreditativa de los dos años de matrimonio (certificados de empadronamiento, extractos bancarios, etc.).
  • Documentación acreditativa de que no se ha estado separado de hecho durante esos dos años.
  • Documentación acreditativa de que se cuenta con seguro médico.
  • Documentación acreditativa de que no se tiene deuda con la Seguridad Social española.

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