sociedad en comandita por acciones requisitos

La sociedad en comandita por acciones es una forma especial de sociedad mercantil, regulada por el artículo 1.225 del Código Civil.

Se caracteriza porque está integrada por dos tipos de socios: los comanditarios, que aportan el capital y son responsables frente a terceros por las deudas de la sociedad, y los comanditados, que no aportan capital pero sí trabajo y, por tanto, tienen derecho a participar en los beneficios de la sociedad.

Para crear una sociedad en comandita por acciones, se necesita:

  • Un mínimo de dos socios.
  • Que el capital social esté dividido en acciones.
  • Que el contrato social se formalice por escrito y se inscriba en el Registro Mercantil.

La sociedad en comandita por acciones tiene personalidad jurídica propia, lo que significa que es una persona jurídica distinta a sus socios y que puede actuar por sí misma en el ámbito jurídico y económico.

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