Con motivo de la pandemia del coronavirus COVID-19, el Gobierno de España ha adoptado una serie de medidas de carácter excepcional e inmediato para proteger la salud de los ciudadanos, limitar la movilidad de las personas y reducir al máximo la propagación del virus.
En consecuencia, se han establecido restricciones a la entrada y salida de España por motivos de salud pública. Estas restricciones se aplican a todas las personas, independientemente de su nacionalidad o lugar de residencia.
Las restricciones a la entrada en España se han establecido con carácter general para todos los países, salvo para los ciudadanos españoles, residentes en España y familiares de primer grado, así como para aquellas personas que acrediten una circunstancia excepcional e imperativa de carácter público, humanitario o profesional.
Las restricciones a la salida de España se han establecido con carácter general para todos los ciudadanos, salvo para los ciudadanos españoles, residentes en España y familiares de primer grado, así como para aquellas personas que acrediten una circunstancia excepcional e imperativa de carácter público, humanitario o profesional.
Los ciudadanos españoles, residentes en España y familiares de primer grado que se encuentren en el extranjero podrán regresar a España, siempre que no presenten síntomas de enfermedad y cumplan con las siguientes condiciones:
Las personas que se encuentren en España y deseen salir del país deberán presentar, en el momento de la solicitud del permiso de salida, los siguientes documentos:
Los ciudadanos españoles, residentes en España y familiares de primer grado que se encuentren en el extranjero y deseen regresar a España deberán presentar, en el momento de la solicitud del permiso de regreso, los siguientes documentos: