El pasado mes de diciembre de 2019 se aprobó la jubilación parcial para los trabajadores relevistas, una figura que permite a los trabajadores jubilarse parcialmente y, al mismo tiempo, relevar a otro trabajador. Este nuevo mecanismo tiene como objetivo fomentar la contratación de trabajadores en un momento en el que el mercado laboral está en una situación de estancamiento. Hasta ahora, los trabajadores relevistas podían jubilarse totalmente o seguir trabajando hasta que cumplieran los requisitos para la jubilación ordinaria. Con la aprobación de la jubilación parcial, estos trabajadores podrán jubilarse parcialmente y, al mismo tiempo, relevar a otro trabajador en la misma situación. Los requisitos para acceder a la jubilación parcial son los siguientes:
Tener una edad mínima de 63 años.
Estar en situación de desempleo.
No haber cobrado la pensión de jubilación en los últimos 12 meses.
Haber cotizado durante al menos 25 años.
Estar empadronado en el municipio en el que se va a jubilar.
La jubilación parcial se podrá solicitar a partir del 1 de enero de 2020, fecha en la que entrará en vigor la nueva normativa. Los trabajadores relevistas que cumplan los requisitos para acceder a la jubilación parcial podrán seguir trabajando hasta un máximo de 24 horas semanales. Además, podrán relevar a otro trabajador en la misma situación, siempre que el contrato de relevo tenga una duración mínima de 12 meses. El importe de la pensión de jubilación se reducirá en función del número de horas que el trabajador relevista trabaje. Así, si el trabajador relevista trabaja 20 horas semanales, la pensión de jubilación se reducirá en un 20%. En el caso de que el trabajador relevista trabaje 24 horas semanales, la pensión de jubilación se reducirá en un 40%. Los trabajadores relevistas que accedan a la jubilación parcial tendrán derecho a cobrar la pensión de jubilación y, al mismo tiempo, seguir trabajando hasta un máximo de 24 horas semanales. Los trabajadores relevistas que jubilen parcialmente y releven a otro trabajador tendrán derecho a una pensión mínima garantizada de 600 euros al mes. La jubilación parcial es una figura que permite a los trabajadores jubilarse parcialmente y, al mismo tiempo, relevar a otro trabajador. Los requisitos para acceder a la jubilación parcial son los siguientes: tener una edad mínima de 63 años, estar en situación de desempleo y no haber cobrado la pensión de jubilación en los últimos 12 meses. Los trabajadores relevistas que jubilen parcialmente y releven a otro trabajador tendrán derecho a una pensión mínima garantizada de 600 euros al mes.