Una sociedad cooperativa es una asociación voluntaria de personas que se unen para satisfacer sus necesidades y aspiraciones comunes a través de una empresa de propiedad y gestión conjunta. Las cooperativas se rigen por unos principios y valores determinados y están reguladas por una legislación propia.
Para constituir una cooperativa es necesario que se reúnan unos requisitos mínimos establecidos en la Ley de Cooperativas. En concreto, según el artículo 2 de la Ley de Cooperativas, para constituir una cooperativa es necesario que se reúnan los siguientes requisitos:
- Que sean asociaciones voluntarias de personas que se unen libremente para satisfacer sus necesidades y aspiraciones comunes a través de una empresa de propiedad y gestión conjunta.
- Que se constituyan con arreglo a la legislación vigente y se inscriban en el Registro Mercantil.
- Que su objeto social consista en la realización de actividades económicas lícitas, de acuerdo con los fines que se propongan, que tengan por finalidad el fomento del bienestar social y económico de sus asociados.
- Que sean democráticas, es decir, que se rigen por el principio de igualdad de derechos y deberes de sus asociados, de forma que todos ellos tengan derecho a participar en la vida de la cooperativa, así como a elegir y ser elegidos para los órganos de gestión y representación.
- Que sean autónomas e independientes, es decir, que sean libres para decidir su actividad y gestión, sin que estén sometidas a interferencias externas, y que sean solidarias, es decir, que estén dispuestas a prestar ayuda a sus asociados y a otras cooperativas.
- Que sean abiertas, es decir, que cualquier persona, independientemente de su origen, raza, sexo, religión o ideología, pueda ser asociada de la cooperativa, siempre que cumpla los requisitos establecidos para ello.
- Que sean responsables, es decir, que rindan cuentas a sus asociados y a la sociedad.