¿Qué es la Segunda Oportunidad?
La Segunda Oportunidad es una ley que permite a las personas que han cometido un delito y han pagado su pena, volver a acceder a la vida laboral, social y familiar.
Esta ley busca facilitar la reinserción de las personas que han cometido un delito y han cumplido su pena, para que puedan reinsertarse en la sociedad y tener una segunda oportunidad.
¿Quiénes pueden acceder a la Segunda Oportunidad?
Pueden acceder a la Segunda Oportunidad aquellas personas que:
- Han cometido un delito y han cumplido su pena.
- No estén condenadas por un delito de terrorismo, violencia machista o delitos contra la infancia.
- No estén condenadas por un delito para el que la ley establece una pena de prisión de más de cinco años.
- No estén condenadas por un delito de naturaleza sexual.
¿Qué efectos tiene la Segunda Oportunidad?
La Segunda Oportunidad tiene los siguientes efectos:
- La persona condenada por un delito podrá acceder a la vida laboral, social y familiar.
- La condena se considerará extinguida a efectos laborales, civiles y administrativos.
- La persona condenada podrá obtener la certificación de su condición de recluso en libertad.
- La persona condenada tendrá acceso a la educación, la formación y el empleo.
¿Cómo se accede a la Segunda Oportunidad?
Para acceder a la Segunda Oportunidad, la persona condenada deberá solicitarla ante el Juez de lo Penal, mediante una solicitud dirigida a este órgano.
La solicitud deberá ser acompañada de los siguientes documentos:
- Certificado de antecedentes penales, que se puede solicitar en el Registro Central de Penados y Rebeldes.
- Certificado de la condena, que se puede solicitar en el Servicio de Ejecución de Penas y Medidas.
- Documentación acreditativa de haber cumplido la pena impuesta.
¿Cuál es el procedimiento para acceder a la Segunda Oportunidad?
El procedimiento para acceder a la Segunda Oportunidad es el siguiente:
- La persona condenada solicita el acceso a la Segunda Oportunidad ante el Juez de lo Penal.
- El Juez de lo Penal, una vez recibida la solicitud, ordena la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la provincia en la que tenga su domicilio la persona condenada.
- Una vez publicada la solicitud, se abre un plazo de 15 días hábiles para que cualquier persona pueda presentar alegaciones contra la misma.
- Si no se presentan alegaciones en el plazo establecido, el Juez de lo Penal dicta sentencia accediendo a la Segunda Oportunidad.
- Si se presentan alegaciones en el plazo establecido, el Juez de lo Penal dicta sentencia, pudiendo acceder a la Segunda Oportunidad o denegarla.
¿Qué sucede si se accede a la Segunda Oportunidad?
Si se accede a la Segunda Oportunidad, la persona condenada podrá acceder a la vida laboral, social y familiar. La condena se considerará extinguida a efectos laborales, civiles y administrativos.
La persona condenada podrá obtener la certificación de su condición de recluso en libertad. La persona condenada tendrá acceso a la educación, la formación y el empleo.