Los pasaportes de los ciudadanos españoles son válidos por un periodo de diez años. A partir de los cinco años de validez, el pasaporte puede renovarse por otro de iguales características.
Para solicitar la renovación del pasaporte, el interesado deberá dirigirse a la Oficina de Pasaportes de la Comunidad Autónoma en la que residiere y presentar los siguientes documentos:
Pasaporte en vigor y copia de las páginas correspondientes a la fotografía, datos personales y firma.
Dos fotografías tamaño carnet, a color, de frente, con fondo liso de color blanco o claro, sin reflejos, en las que se vea el rostro con claridad y sin lentes de contacto ni gafas con montura oscura, en las que no se vean pelos tapando la cara, ni tampoco sombreros, gorras o pañuelos. En las fotografías no se podrá llevar ningún tipo de adorno ni joyas.
Para los menores de edad que soliciten el pasaporte por primera vez, o que renueven su pasaporte, es obligatorio que acrediten su identidad y nacionalidad mediante el Libro de Familia o el Certificado de Nacimiento. En caso de no tenerlo, deberán acudir a la Oficina de Registro Civil correspondiente.
Documentación acreditativa de la identidad y nacionalidad, en vigor, del solicitante. De no disponer de pasaporte, se podrá acreditar mediante el DNI, el NIE o el Certificado de Registro.
En caso de haber perdido el pasaporte, deberá presentarse la Declaración Jurada de Pérdida o Robo ante la Policía o el Cuerpo Nacional de Policía.
Respecto a la tarifa, se deberá abonar un importe de 60 euros (precio actualizado a fecha de enero de 2020).
La Oficina de Pasaportes tramitará el pasaporte y lo remitirá a la dirección que conste en la solicitud. Los pasaportes se tramitan en un plazo máximo de 10 días hábiles, aunque el tiempo medio suele ser de 5 días.