requisitos reagrupación familiar padres

La reagrupación familiar de padres es un proceso por el cual una persona puede solicitar a la familiares para que sean trasladados a España para vivir juntos. Este proceso se realiza a través de la oficina de extranjería de cada municipio. La persona que solicita la reagrupación familiar debe ser mayor de edad y tener la nacionalidad española o ser residente permanente en España. Los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar deben ser sus padres, hijos o cónyuge. Para solicitar la reagrupación familiar de padres, la persona solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española o ser residente permanente en España.
  • Ser mayor de edad.
  • Estar empadronado en el municipio en el que se solicita la reagrupación familiar.
  • Disponer de un alojamiento adecuado para acoger a los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Estar en posesión de una tarjeta sanitaria que cubra las necesidades médicas de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Estar en posesión de un seguro de enfermedad que cubra las necesidades médicas de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Estar solvente economicamente para poder mantener a los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • No haber sido condenado por un delito de naturaleza penal.

Una vez que se cumplen todos los requisitos, la persona solicitante debe presentar la documentación necesaria en la oficina de extranjería de su municipio. La documentación necesaria para solicitar la reagrupación familiar de padres es la siguiente:

  • Una solicitud por escrito en la que se especifiquen los datos de la persona solicitante y de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Una copia del pasaporte o documento de identidad de la persona solicitante y de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Una copia del certificado de nacimiento de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Una copia del certificado de matrimonio o de pareja de hecho, en el caso de que se solicita la reagrupación familiar de un cónyuge.
  • Una copia del certificado de empadronamiento de la persona solicitante.
  • Una copia de la tarjeta sanitaria de la persona solicitante y de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Una copia del seguro de enfermedad de la persona solicitante y de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar.
  • Una copia de los justificantes de ingresos de la persona solicitante.
  • Una copia de la certificación de penales de la persona solicitante.

La documentación se puede presentar por correo postal o por correo electrónico a la oficina de extranjería del municipio correspondiente. La persona solicitante debe asegurarse de que todos los documentos estén completos y correctos antes de enviarlos. Una vez que se recibe la documentación, la oficina de extranjería la tramitará y, si todo está en orden, se emitirá una resolución favorable. Si la resolución es favorable, la persona solicitante debe presentarla a la oficina de extranjería juntamente con los documentos de los familiares a los que se solicita la reagrupación familiar. Si todo está en orden, se expedirá un permiso de residencia a los familiares a los que se ha concedido la reagrupación familiar. Este permiso de residencia tiene una duración de cinco años y puede ser renovado por otros cinco años. Después de diez años de residencia continua y legal en España, los familiares a los que se ha concedido la reagrupación familiar podrán solicitar la nacionalidad española.

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