Los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares tienen derecho a residir en otro país miembro de la UE. En el caso de los ciudadanos de la Unión, el derecho de residencia está recogido en el Tratado de Lisboa. Los familiares de los ciudadanos de la Unión tienen derecho a residir en otro país miembro de la UE en virtud del Reglamento (CE) nº 859/2003, que se aplica a los ciudadanos de la Unión y a los miembros de sus familias que no sean ciudadanos de la Unión.
Para poder beneficiarse de este derecho, los ciudadanos de la Unión y sus familiares deben cumplir unos requisitos mínimos:
Los familiares de los ciudadanos de la Unión deben acreditar su parentesco con el ciudadano de la Unión (por ejemplo, mediante un certificado de matrimonio o de nacimiento).
Los familiares de los ciudadanos de la Unión que no sean ciudadanos de la Unión deben solicitar un permiso de residencia en el país de residencia del ciudadano de la Unión. Para ello, deben presentar una solicitud de permiso de residencia a las autoridades competentes del país de residencia del ciudadano de la Unión. La solicitud de permiso de residencia debe acompañarse de una serie de documentos, como el certificado de matrimonio o de nacimiento que acredite el parentesco con el ciudadano de la Unión, el pasaporte o el documento de viaje, y una fotografía tamaño carnet.
Una vez que se haya presentado la solicitud de permiso de residencia, el solicitante debe esperar a que se le notifique la decisión de las autoridades competentes. Si la solicitud es denegada, el solicitante puede recurrir la decisión ante las autoridades competentes o ante los tribunales.