requisitos reagrupacion familiar comunitaria extensa

La reagrupación familiar comunitaria extensa es una figura que permite que ciudadanos de la Unión Europea (UE) y de países asociados, que residan legalmente y de forma permanente en España, puedan reunirse con sus familiares extensos. Se trata de una reunificación familiar que va más allá de los cónyuges y los hijos menores de edad, y que permite que los nietos, los padres, los hermanos y otros familiares cercanos puedan reunirse con sus familiares en España.

Para solicitar la reagrupación familiar comunitaria extensa, los interesados deberán presentar los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de un permiso de residencia permanente o de un permiso de residencia de larga duración.
  • No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
  • Contar con un seguro médico que cubra los gastos sanitarios en España.
  • Disponer de un contrato de trabajo en España o de un certificado de inscripción en el censo de demandantes de empleo.

Una vez que se cumplan estos requisitos, los interesados deberán solicitar la reunificación familiar a través de la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia en España. Para ello, deberán presentar los siguientes documentos:

  • Una solicitud en la que se especifiquen los datos personales de los familiares a los que se desea reunir.
  • Los documentos de identidad de los familiares a los que se desea reunir.
  • Un certificado de nacimiento o un certificado de matrimonio, en el caso de los cónyuges o de los hijos menores de edad.
  • Una certificación de vida y residencia de los familiares a los que se desea reunir.
  • Una declaración responsable en la que se especifique que los familiares a los que se desea reunir no tienen antecedentes penales ni están involucrados en actividades terroristas.

Una vez que se presente la solicitud, la Oficina de Extranjería analizará los documentos y, si todo está en orden, otorgará el permiso de residencia a los familiares a los que se desea reunir. Este permiso de residencia será válido por un periodo de cinco años, y podrá ser renovado por períodos iguales o inferiores. Los familiares que obtengan el permiso de residencia a través de la reagrupación familiar comunitaria extensa tendrán los mismos derechos y obligaciones que los ciudadanos de la UE y de los países asociados que residan legalmente y de forma permanente en España.

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