Según el Reglamento General de Identificación Personal, el documento nacional de identidad (DNI) tiene una validez de diez años, a partir de la fecha de expedición. A partir de los cinco años de su expedición, el DNI puede renovarse, prorrogarse o cambiarse de modalidad (por ejemplo, de ordinario a electrónico).
Para renovar el DNI, el interesado debe solicitarlo en el Registro Civil de su domicilio con, al menos, tres meses de antelación a la fecha de caducidad del documento. En el caso de los menores de edad, los padres o tutores deberán hacer la solicitud. El trámite es gratuito.
La prórroga del DNI es un procedimiento excepcional que se realiza en los casos en los que el interesado no pueda renovar el documento por causas justificadas, debidamente acreditadas. En este caso, la solicitud de prórroga debe realizarse en el Registro Civil correspondiente, acompañada de la documentación que acredite las causas que impiden la renovación del DNI.
Por último, el cambio de modalidad del DNI es un trámite voluntario que se realiza cuando el interesado decide cambiar el documento ordinario por el DNI electrónico, o bien solicitar ambos documentos. En este caso, la solicitud se realiza en el Registro Civil, y el trámite tiene un coste de 10 euros.