requisitos policia nacional de granada

Los requisitos para ser policía nacional de Granada son los siguientes:

  • Tener entre 18 y 30 años de edad.
  • Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
  • No haber sido condenado por un delito doloso.
  • No padecer enfermedad o minusvalía que imposibilite el correcto desempeño de las funciones propias del cuerpo de policía.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio activo de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil, o hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No haber sido condenado por un delito contra la seguridad del Estado.
  • Estar en posesión de la Carné de conducir de la clase B.
  • No haber sufrido sanción disciplinaria que hubiese supuesto la suspensión de empleo o cargo público.
  • No haber sido objeto de sanción penal que supusiera inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio activo.
  • Acreditar un nivel de educación mínimo equivalente a tres años de estudios universitarios.
  • No haber renunciado a nacionalidad española.
  • No hallarse comprendido en alguna de las causas de incompatibilidad o prohibición legal para el ejercicio de funciones públicas.
  • Cumplir los requisitos físicos y psíquicos establecidos legalmente.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio activo de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil, o hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No haber sido condenado por un delito contra la seguridad del Estado.
  • Estar en posesión de la Carné de conducir de la clase B.
  • No haber sufrido sanción disciplinaria que hubiese supuesto la suspensión de empleo o cargo público.
  • No haber sido objeto de sanción penal que supusiera inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio activo.
  • Acreditar un nivel de educación mínimo equivalente a tres años de estudios universitarios.
  • No haber renunciado a nacionalidad española.
  • No hallarse comprendido en alguna de las causas de incompatibilidad o prohibición legal para el ejercicio de funciones públicas.
  • Cumplir los requisitos físicos y psíquicos establecidos legalmente.

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