requisitos pension viudedad parejas de hecho

Para poder acceder a la pensión de viudedad por parejas de hecho, se deben cumplir una serie de requisitos tanto de carácter administrativo como legal. En cuanto a los requisitos administrativos, se debe acreditar la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad de Madrid. Además, se deberá aportar la documentación acreditativa de la relación de pareja, así como la certificación del órgano competente en la que se haga constar que se cumple con los requisitos para ser considerado como pareja de hecho.

En cuanto a los requisitos legales, se debe cumplir con los siguientes:

  • La pareja de hecho debe haber estado inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad de Madrid con anterioridad a la fecha de fallecimiento del causante.
  • La relación de pareja debe haber durado, como mínimo, dos años ininterrumpidos.
  • La pareja de hecho debe haber convivido en un mismo domicilio en los dos años anteriores al fallecimiento.

En el caso de que la pareja de hecho no cumpla con alguno de estos requisitos, no podrá acceder a la pensión de viudedad.

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