Para percibir la pensión mínima de viudedad, el cónyuge sobreviviente debe reunir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 45 años y menor de 65 años.
- No percibir una renta del trabajo superior al 75% de la base reguladora máxima de la Seguridad Social.
- No tener rentas del trabajo por las que se cotice a la Seguridad Social.
- No tener derecho a percibir una pensión contributiva.
- No estar en usufructo de una vivienda que sea suya.
El importe de la pensión mínima de viudedad se corresponde con el 60% de la base reguladora del fallecido, siempre y cuando este hubiera cotizado durante al menos diez años.