requisitos pension de orfandad

La pensión de orfandad es una prestación económica mensual que se otorga a los niños menores de 18 años que han perdido a uno o a ambos progenitores. Para percibirla, el niño debe estar inscrito en el Registro Civil de España y no percibir otra pensión por orfandad o por invalidez. No obstante, si el niño percibe una renta mínima vital o una renta garantizada de ciudadanía, no podrá percibir esta pensión.

La pensión de orfandad se abona mensualmente por adelantado y se reembolsa en el caso de que el niño fallezca. En este caso, los beneficiarios serán los representantes legales del menor.

Para solicitar la pensión de orfandad, los interesados deberán dirigirse a la Oficina de Seguridad Social competente en función de su lugar de residencia. Allí, deberán presentar la documentación acreditativa del fallecimiento del progenitor, así como la documentación que acredite la parentesco del niño con el difunto.

En el caso de que el fallecimiento del progenitor haya sido ocasionado por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, los beneficiarios de la pensión de orfandad tendrán derecho a percibir, además, una prestación complementaria mensual. Esta prestación será abonada por la Tesorería General de la Seguridad Social.

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