La Comunidad Valenciana reconoce a las parejas de hecho, tanto heterosexuales como homosexuales, que cumplan ciertos requisitos. En primer lugar, ambas personas deben tener más de 18 años y ser solteras, viudas o divorciadas. También deben residir en la Comunidad Valenciana de forma continua y habitual durante al menos un año inmediatamente anterior a la solicitud del certificado. Asimismo, las personas que soliciten el certificado deberán presentar una declaración jurada en la que se comprometan a mantener una relación de afectividad, convivencia y contribución económica recíproca.
En cuanto al certificado de empadronamiento, se trata de un documento oficial en el que consta la residencia habitual de las personas en la Comunidad Valenciana. Este certificado se puede solicitar en el ayuntamiento de la localidad donde se reside. En cuanto a la declaración jurada, se trata de un documento en el que se hace constar que se cumplen los requisitos para acceder al certificado de pareja de hecho. Este documento se puede solicitar en el Registro Civil.
Una vez que se cumplen todos los requisitos y se presentan todos los documentos, las personas interesadas deberán solicitar cita previa en el Registro Civil para formalizar la inscripción como pareja de hecho. En la solicitud de cita previa se deberá especificar el número de certificado de empadronamiento de cada una de las personas que solicitan la inscripción. La cita previa se puede solicitar por teléfono, por internet o en persona en el Registro Civil.
En la inscripción como pareja de hecho se hace constar la relación de afectividad, convivencia y contribución económica recíproca entre las personas inscritas. Asimismo, se hace constar la identidad, nacionalidad y domicilio de las personas inscritas, así como el número de certificado de empadronamiento de cada una de ellas. También se hace constar la fecha en la que se formaliza la inscripción.