Para que una factura sea válida y pueda ser exigida al pagador, debe contener los requisitos mínimos establecidos en el artículo 6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de la factura electrónica. En concreto, debe incluir:
- El nombre o razón social y el NIF del vendedor.
- La descripción clara y concisa de los bienes o servicios vendidos.
- La cantidad, precio unitario e importe total de los bienes o servicios vendidos, así como los impuestos aplicables.
- La fecha de expedición de la factura.
- El número de factura, que deberá ser único e identificativo.
- En el caso de facturas expedidas a una persona jurídica, el nombre o razón social y el NIF del comprador.
- La cláusula obligatoria "Esta factura se emite por orden y cuenta del destinatario de los servicios o productos objeto de la misma" o cualquier otra cláusula que cumpla el mismo objetivo.
-La leyenda "Documento equivalente a la factura" en el caso de facturas expedidas en soporte papel.
-La leyenda "Factura emitida por ordenador" en el caso de facturas expedidas en soporte electrónico.
-La leyenda "No se puede exigir el pago mediante domiciliación bancaria" en el caso de que así lo establezca el comprador.
-La leyenda "Este documento es una factura simplificada" en el caso de que así lo establezca el comprador.