Para tramitar la pensión por discapacidad, se debe acreditar la discapacidad mediante un informe médico oficial. Además, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
En el caso de las personas con discapacidad intelectual, además de cumplir los requisitos anteriores, se debe acreditar que la discapacidad se encuentra en el rango de severa a profunda según el criterio establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.