Para solicitar la jubilación por discapacidad, el interesado deberá acreditar:
- Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea.
- Tener la edad mínima requerida para acceder a la jubilación ordinaria.
- Estar en posesión de la tarjeta de identidad de familiares comunitarios, en su caso.
- Estar dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social en cualquiera de sus modalidades.
- Cumplir los requisitos para percibir una pensión de jubilación ordinaria.
- No estar incurso en sanción disciplinaria que implique la suspensión de derechos.
- La invalidez deberá ser total y permanente. Se considerará total la invalidez que imposibilite al interesado para desempeñar cualquier trabajo y permanente, cuando no se espere recuperación alguna.
- La pérdida de capacidad para el trabajo deberá haberse producido con anterioridad a la fecha de solicitud de la pensión.
- No se podrá acceder a la jubilación por invalidez si la discapacidad se produce después de haber cotizado los años necesarios para acceder a la jubilación ordinaria.
- El solicitante deberá aportar certificado médico oficial que acredite la existencia de la invalidez y su carácter de total y permanente.
El certificado médico deberá ser expedido por el médico de cabecera o, en su defecto, por el médico de la Seguridad Social, quienes valorarán la existencia de la invalidez y su carácter de total y permanente atendiendo a la patología que padece el interesado, su edad, sexo y profesión.