Para poder solicitar la autorización de viaje de un menor de edad a España, debemos cumplir una serie de requisitos:
- El menor debe viajar con documentación en regla y vigente. Debe contar con un pasaporte o, en su defecto, con un documento nacional de identidad expedido por las autoridades competentes. En el caso de los menores españoles, el DNI debe estar en vigor (no caducado).
- En caso de viajar acompañado de uno de sus progenitores, este deberá presentar el documento que acredite su parentesco (partida de nacimiento o libro de familia).
- Si el menor va acompañado de una persona que no sea su progenitor, deberá presentar la autorización de viaje por escrito y firmada por ambos progenitores, o por aquel que ostente la patria potestad, en cuyo caso deberá acompañarse de una fotocopia del documento que acredite dicha situación. Si uno de los progenitores reside en España y el otro en el extranjero, se podrá presentar autorización por escrito y firmada por el progenitor que no reside en España, siempre y cuando se acompañe de un documento que acredite dicha situación y de una fotocopia del DNI o pasaporte del progenitor que reside en España.
- En el caso de que el menor sea español y vaya acompañado de uno de sus progenitores, este deberá presentar el DNI o pasaporte, así como la partida de nacimiento del menor. Si el menor es español y va acompañado de una persona que no sea su progenitor, deberá presentar la autorización de viaje por escrito y firmada por ambos progenitores, o por aquel que ostente la patria potestad, en cuyo caso deberá acompañarse de una fotocopia del documento que acredite dicha situación. Si uno de los progenitores reside en España y el otro en el extranjero, se podrá presentar autorización por escrito y firmada por el progenitor que no reside en España, siempre y cuando se acompañe de un documento que acredite dicha situación y de una fotocopia del DNI o pasaporte del progenitor que reside en España.
En el caso de que los menores viajen solos, deberán llevar consigo la autorización de viaje por escrito y firmada por ambos progenitores, o por aquel que ostente la patria potestad, en cuyo caso deberá acompañarse de una fotocopia del documento que acredite dicha situación. Si uno de los progenitores reside en España y el otro en el extranjero, se podrá presentar autorización por escrito y firmada por el progenitor que no reside en España, siempre y cuando se acompañe de un documento que acredite dicha situación y de una fotocopia del DNI o pasaporte del progenitor que reside en España. Todos los documentos deberán estar en vigor y ser legibles.