Los requisitos para solicitar un erte dependen del tipo de empresa y el número de trabajadores afectados. En general, se requerirá una solicitud por escrito dirigida al director general de trabajo, que deberá ser acompañada de una memoria justificativa detallada. En la solicitud se deberá especificar el número de trabajadores afectados, el tiempo estimado de la suspensión y el motivo de la misma. La memoria justificativa deberá incluir un análisis económico y financiero de la situación de la empresa y un estudio de alternativas a la suspensión de empleo. La solicitud deberá ser acompañada de la documentación necesaria para acreditar la situación de crisis o fuerza mayor invocada.
Una vez presentada la solicitud, el director general de trabajo dispondrá de 10 días hábiles para resolverla. Si la resolución es favorable, se notificará a la empresa y a los representantes de los trabajadores. Si la resolución es desfavorable, se notificará a la empresa y a los representantes de los trabajadores, quienes podrán interponer un recurso de alzada ante el ministerio de trabajo en el plazo de 10 días hábiles.
En el caso de que la empresa no tenga representantes de los trabajadores, la solicitud deberá ser acompañada de un informe favorable de la inspección de trabajo. Si la resolución es favorable, se notificará a la empresa y a los trabajadores. Si la resolución es desfavorable, se notificará a la empresa y a los trabajadores, quienes podrán interponer un recurso de alzada ante el ministerio de trabajo en el plazo de 10 días hábiles.