requisitos para solicitar permiso de residencia por arraigo laboral

Para solicitar el permiso de residencia por arraigo laboral se requiere:

  • Estar empadronado en el municipio donde se pretende residir.
  • No haber sido condenado por un delito doloso en España o en el extranjero, siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de rehabilitación correspondiente.
  • No padecer enfermedad que suponga un peligro para la salud pública.
  • No estar incluido en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio del Interior.
  • No haber sido expulsado de España ni de ningún otro país de la Unión Europea.
  • Contar con una oferta de empleo por escrito, en la que se especifiquen las condiciones laborales y retributivas del puesto ofertado.
  • No haber estado en situación de desempleo durante los últimos seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Estar en posesión de los permisos de residencia y de trabajo en vigor, en su caso.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Una vez que se cumplan todos estos requisitos, se deberá presentar la solicitud en el Registro Civil del municipio donde se pretende residir, aportando los siguientes documentos:

  • DNI o pasaporte en vigor.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Documentación acreditativa de la oferta de empleo.
  • Documentación acreditativa de no haber estado en situación de desempleo en los últimos seis meses.
  • Documentación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

El permiso de residencia por arraigo laboral es un permiso de residencia de carácter indefinido, que se otorga a aquellos extranjeros que acrediten una antigüedad ininterrumpida de residencia legal en España de, al menos, cinco años, y que además, cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de un contrato de trabajo en vigor por un período mínimo de tres años.
  • No haber estado en situación de desempleo en los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No haber sido condenado por un delito doloso en España o en el extranjero, siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de rehabilitación correspondiente.
  • No padecer enfermedad que suponga un peligro para la salud pública.
  • No estar incluido en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio del Interior.
  • No haber sido expulsado de España ni de ningún otro país de la Unión Europea.

Requisitos relacionados