Para solicitar la nacionalidad española por matrimonio, el cónyuge no español deberá residir en España con carácter ininterrumpido durante un mínimo de dos años y acreditar un nivel básico de conocimiento de la lengua española. Asimismo, deberá haber estado casado con el ciudadano español durante al menos tres años y no haber estado separado legalmente en el último año. También se requiere que el matrimonio no haya sido celebrado con el único fin de obtener la nacionalidad española. Además, el cónyuge no español deberá presentar una certificación de antecedentes penales que acredite que no ha sido condenado por un delito que suponga la pérdida de la nacionalidad española. Asimismo, deberá renunciar a su nacionalidad de origen si ésta no permite la doble nacionalidad. Por último, el cónyuge no español deberá presentar un certificado de empadronamiento que acredite que reside en España de forma habitual y que dispone de un seguro médico que cubra todos los riesgos sanitarios.