La ley de dependencia es una prestación que tiene por objeto ayudar a las personas que, por su edad, discapacidad o situación de dependencia, necesiten una atención especializada para llevar una vida digna y autónoma. Esta prestación está regulada en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. En Andalucía, el órgano competente para la tramitación de las solicitudes de prestaciones de la ley de dependencia es la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. A continuación, se detallan los requisitos que se deben cumplir para solicitar la ley de dependencia en Andalucía:
1. Ser mayor de 65 años: las personas mayores de 65 años podrán solicitar la prestación de la ley de dependencia siempre que estén en situación de dependencia. No obstante, las personas que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar que poseen un permiso de residencia en España de larga duración o que son ciudadanos de la Unión Europea.
2. Estar en situación de dependencia: las personas que soliciten la prestación de la ley de dependencia deberán acreditar que se encuentran en una situación de dependencia física, psíquica o sensorial, que les imposibilite realizar las actividades básicas de la vida diaria. Para ello, deberán someterse a una valoración de dependencia por parte de un equipo multidisciplinar.
3. Residir en Andalucía: las personas que soliciten la prestación de la ley de dependencia deberán residir en Andalucía de manera continua e ininterrumpida en el momento de presentar la solicitud. No obstante, las personas que no residan de manera habitual en Andalucía pero tengan la nacionalidad española podrán solicitar la prestación si acreditan que van a residir en Andalucía de manera continua e ininterrumpida durante un mínimo de 3 meses.
4. No tener ingresos suficientes: las personas que soliciten la prestación de la ley de dependencia deberán acreditar que no disponen de ingresos suficientes para atender sus necesidades básicas. En concreto, las personas solteras no podrán tener ingresos superiores a 861,68 euros al mes, mientras que las personas casadas o en unión de hecho no podrán tener ingresos superiores a 1.723,36 euros al mes.
5. No estar en una situación de exclusión: las personas que soliciten la prestación de la ley de dependencia no podrán estar en situación de exclusión por estar en prisión, ingresadas en un centro penitenciario o en un centro de internamiento por orden judicial.