Para solicitar la tarjeta de familia numerosa, los interesados deberán acreditar que reúnen los requisitos establecidos por la normativa vigente en cada momento. En concreto, según lo dispuesto en el Real Decreto 1044/2007, de 27 de julio, por el que se regula la concesión de la tarjeta de familia numerosa, para acceder a esta condición es necesario:
Además, para mantener el derecho a la tarjeta de familia numerosa, es necesario que los miembros del núcleo familiar no estén separados judicialmente, ni en vías de divorcio o separación de hecho, así como que los hijos menores de 25 años no estén emancipados ni hayan contraído matrimonio.
Una vez que se cumplen los requisitos anteriores, para solicitar la tarjeta de familia numerosa será necesario presentar la documentación correspondiente en el Registro Civil o en el Ayuntamiento correspondiente, así como abonar la tasa establecida para este trámite, que en el caso de la tarjeta de familia numerosa general es de 6 euros.