requisitos para ser un agente aduanal

Desde el 1 de enero de 2007, para ejercer la profesión de agente aduanal es necesario:

Estar en posesión de un Título Universitario Oficial de Grado en Derecho, Diplomatura o Ingeniería Técnica Industrial, Ingeniería Técnica Agrícola, Ingeniería Técnica Naval, Ingeniería Técnica Aeronáutica, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas, Ingeniería Técnica de Telecomunicación, o de cualquier otro título de Grado equivalente, expedido por una Universidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o acreditado mediante el correspondiente Espacio Europeo de Educación Superior.

Haber superado una oposición convocada al efecto por el Ministerio de Fomento, o haber obtenido el Título de Aptitud Profesional de Agente Aduanero, expedido por el Instituto Nacional de Aduanas.

Haber superado el correspondiente examen de control de conocimientos de la materia general concerniente a la actividad de la agencia aduanera, a que se refiere el apartado 1 del artículo 5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Aduanas, y sus disposiciones complementarias y reglamentarias. Dicho examen será superado con una nota mínima de 5 puntos sobre 10.

Estar en posesión de una certificación informática oficial que acredite el nivel de conocimientos informáticos necesarios para el correcto desempeño de las tareas propias de la agencia aduanera.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido condenado, mediante sentencia firme, por delitos dolosos.

No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el desempeño de las funciones inherentes a la profesión.

Contar con la nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea. Los nacionales de otros Estados, siempre que no requieran, para ejercer la profesión, el cumplimiento de requisitos profesionales distintos o adicionales a los establecidos en esta Ley para los nacionales españoles, podrán ejercer la profesión de agente aduanero en España en los términos que se establezcan en los Tratados Internacionales vigentes en cada momento, o en los Acuerdos de Asociación celebrados por la Unión Europea con terceros Estados, y en las disposiciones que se dicten al efecto.

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