Los jueces de paz son ciudadanos designados por el Gobierno de la Nación para presidir los juicios orales y públicos de faltas de la Provincia de Buenos Aires. Para ser juez de paz se requiere:
- Ser argentino por nacimiento o naturalización y tener, al menos, 25 años de edad.
- Estar inscripto en el Registro Nacional de Electores.
- No haber sido condenado ni procesado penalmente, ni tampoco haber recibido una suspensión condicional de la pena.
- No haber sido separado mediante expediente administrativo de ningún cargo público.
- No haber perdido la calidad de funcionario público.
- No haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Haber aprobado el examen de idoneidad que rige para el ingreso a la carrera judicial.
Los jueces de paz son designados por decreto del Poder Ejecutivo. Su designación es por cuatro años y es renovable. Para ser designado como juez de paz se debe:
- Solicitar la designación ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
- Presentar ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación los siguientes documentos:
- DNI.
- Certificado de nacimiento o de naturalización.
- Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Electores.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado de antecedentes disciplinarios.
- Certificado de no haber perdido la calidad de funcionario público.
- Certificado de no haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Título profesional.
- Curriculum vitae.
- 2 fotografías tamaño carnet.
- Realizar y aprobar el examen de idoneidad que rige para el ingreso a la carrera judicial.