Para ser alcalde municipal se requiere ser ciudadano mexicano por naturaleza, tener al menos 25 años de edad, estar inscrito en el Padrón Electoral y haber residido en el municipio durante cinco años consecutivos. Así lo establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Además, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los alcaldes deben estar en pleno uso de sus derechos civiles y políticos.
Por último, la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que ningún servidor público podrá aspirar a un cargo de elección popular si se encuentra en funciones.