Para poder segregar una finca rústica se necesita:
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Tener la propiedad en orden y al día: es decir, no puede tener cargas, hipotecas, embargo ni deudas pendientes de pago.
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Presentar un plano catastral actualizado: en él debe constar la superficie y linderos de la finca, así como los caminos de acceso a la misma.
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Contar con la licencia de segregación: se tramita en el ayuntamiento correspondiente y, una vez concedida, se deberá notificar a Hacienda.
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Pagar los impuestos correspondientes: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Una vez cumplidos todos estos requisitos, se podrá proceder a la segregación de la finca rústica, es decir, a la división de la propiedad en varias parcelas independientes.