requisitos para sacar ciudadania española
Para solicitar la nacionalidad española por opción, deberás cumplir los siguientes requisitos:
Tener 18 años o más.No padecer enfermedad mental ni física que te impida gobernarte a ti mismo.No haber sido condenado ni estar pendiente de un proceso penal.Estar inscrito en el Registro Civil de España.Residir de forma ininterrumpida en España durante cinco años, contados a partir de la fecha de tu solicitud.Estar en posesión de un permiso de residencia y de trabajo, o acreditar que dispones de medios económicos suficientes para tu mantenimiento y el de tu familia durante el tiempo que permanezcas en España.Cumplir con el deber de permanecer legalmente en España.No haber sido separado mediante sentencia judicial de la nacionalidad española, salvo que posteriormente haya sido readquirida.No haber sido condenado por un delito doloso en España o en el extranjero, salvo que hayan transcurrido cinco años desde la condena, o tres años si la condena fue de pena máxima de prisión de un año o de pena mínima de prisión de seis meses.No haber sido condenado por un delito doloso cometido en el extranjero, si la pena hubiera sido de prisión de más de un año en España.No estar sometido a procedimiento administrativo de expulsión de España.No haber cometido un delito contra la Seguridad del Estado.No haber cometido un delito contra la Integridad Territorial del Estado.No haber cometido un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidos en el Artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.Estar en posesión de la Tarjeta de Residencia de Largo Período o de Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión.No tener antecedentes penales en España ni en el extranjero, salvo que hayan transcurrido cinco años desde la condena, o tres años si la condena fue de pena máxima de prisión de un año o de pena mínima de prisión de seis meses.No ser objeto de medidas de carácter administrativo, penal o disciplinario que impidan el ejercicio de tus derechos fundamentales o libertades públicas en España o en cualquier otro país, salvo que hayan transcurrido cinco años desde la imposición de la sanción, o tres años si se trató de una pena máxima de prisión de un año o de una pena mínima de seis meses.No estar en situación de suspensión de los derechos fundamentales o libertades públicas reconocidos en el Artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, salvo que hayan transcurrido cinco años desde la imposición de la sanción, o tres años si se trató de una pena máxima de prisión de un año o de una pena mínima de seis meses.