Para renovar el DNI, el ciudadano deberá solicitarlo en el Registro Civil de la localidad donde resida y acreditar su identidad y domicilio, aportando los siguientes documentos:
- Documento nacional de identidad en vigor.
- Libreta de enrolamiento militar, en caso de corresponder.
- Certificado de matrimonio, en su caso.
- Solicitud-resumen de datos, en su caso.
- Certificado de nacimiento de hijos menores de edad que no figuren en el DNI, en su caso.
- Acta de defunción de cónyuge o hijos, en su caso.
El DNI se renueva automáticamente cada 10 años, a partir de la fecha de expedición del último documento. El ciudadano puede solicitar la renovación del documento con un máximo de 6 meses de anticipación a la fecha de caducidad.
En el caso de que el ciudadano no pueda acreditar su identidad mediante el DNI, deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos:
- Pasaporte.
- Cédula de identidad personal expedida por las Fuerzas Armadas o de Seguridad.
- Cédula de identidad personal expedida por las Policías locales.
- Cédula de identidad personal expedida por el Ministerio del Interior de los Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, o certificado de residencia de larga duración de los mismos países.
- Carné de conducir.
En cualquier caso, se deberá aportar una fotografía tamaño carnet, reciente y sin gafas de sol ni gorra.
Para los menores de edad, el DNI se renueva automáticamente cada 5 años, a partir de la fecha de expedición del último documento. Los menores de 14 años deberán ir acompañados de sus padres o tutores. Si el menor no puede acreditar su identidad mediante el DNI, deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos:
- Libreta de enrolamiento militar.
- Pasaporte.
- Cédula de identidad personal expedida por las Fuerzas Armadas o de Seguridad.
- Cédula de identidad personal expedida por las Policías locales.
- Cédula de identidad personal expedida por el Ministerio del Interior de los Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, o certificado de residencia de larga duración de los mismos países.
Los ciudadanos extranjeros que residan legalmente en España deberán solicitar el DNI en el Registro Civil de la localidad donde residan y acreditar su identidad y domicilio, aportando los siguientes documentos:
- Documento de identidad expedido por las autoridades competentes de su país de origen.
- Tarjeta de residencia o certificado de registro de ciudadanos de la Unión, en su caso.
- Permiso de residencia o de estancia con autorización de trabajo, en su caso.
- Solicitud-resumen de datos, en su caso.
- Certificado de nacimiento de hijos menores de edad que no figuren en el DNI, en su caso.
- Acta de defunción de cónyuge o hijos, en su caso.
El DNI se renueva automáticamente cada 5 años, a partir de la fecha de expedición del último documento. Los extranjeros no comunitarios deberán solicitar la renovación del documento con un máximo de 3 meses de anticipación a la fecha de caducidad.