La Ley de Portación y Fomento al Uso de Armas de Nicaragua establece los requisitos para que un ciudadano pueda obtener y renovar una licencia para portar un arma de fuego. En Nicaragua, las personas que desean portar un arma de fuego deben solicitar una licencia al Instituto Nicaragüense de la Policía (INP).
Para obtener una licencia de portación de armas por primera vez, el solicitante debe:
- ser mayor de 18 años de edad
- ser ciudadano nicaragüense
- ser residente de Nicaragua
- no tener antecedentes penales
- no estar sujeto a medidas cautelares
- no tener antecedentes de enfermedades mentales o psicológicas
- no tener antecedentes de abuso de sustancias
- no tener antecedentes de violencia doméstica
- no tener antecedentes de delitos contra la seguridad del Estado
- ser competente en el manejo de armas de fuego
- presentar una declaración juramentada en la que se comprometa a respetar las leyes y regulaciones vigentes sobre el uso y portación de armas de fuego
- presentar una solicitud dirigida al Director General del INP
- abonar la tarifa establecida por el INP
Para renovar una licencia de portación de armas, el solicitante debe:
- ser mayor de 18 años de edad
- ser ciudadano nicaragüense
- ser residente de Nicaragua
- no tener antecedentes penales
- no estar sujeto a medidas cautelares
- no tener antecedentes de enfermedades mentales o psicológicas
- no tener antecedentes de abuso de sustancias
- no tener antecedentes de violencia doméstica
- no tener antecedentes de delitos contra la seguridad del Estado
- ser competente en el manejo de armas de fuego
- presentar una declaración juramentada en la que se comprometa a respetar las leyes y regulaciones vigentes sobre el uso y portación de armas de fuego
- presentar una solicitud dirigida al Director General del INP
- abonar la tarifa establecida por el INP