Para renovar el NIE comunitario permanente, es necesario que el interesado cumpla con los siguientes requisitos:
- Presentar la solicitud de renovación ante la Oficina de Extranjería correspondiente.
- Aportar fotocopia del pasaporte o documento de viaje en vigor.
- Aportar fotocopia del certificado de registro como comunitario o de inscripción en el Registro de Ciudadanos de Nacionalidad Española residentes en el extranjero (CER).
- Justificar la residencia legal y permanente en España mediante la presentación de uno de los siguientes documentos:
- Certificado de inscripción en el Padrón Municipal.
- Documento acreditativo de la residencia fiscal en España.
- Tarjeta de residencia permanente.
- Tarjeta de residencia de larga duración.
- Certificado de registro como comunitario o de inscripción en el Registro de Ciudadanos de Nacionalidad Española residentes en el extranjero (CER).
- Certificado de empadronamiento expedido por las autoridades militares.
- Cualquier otro documento oficial que acredite la residencia legal y permanente en España.
En el caso de no poder acreditar la residencia permanente en España, el interesado deberá aportar un certificado de residencia provisional expedido por la Oficina de Extranjería correspondiente.
- Manifestar ante la Oficina de Extranjería el deseo de adquirir la nacionalidad española, en caso de no haberlo hecho en el momento de la renovación del certificado de registro como comunitario (CRC).
- No padecer enfermedad mental o física que determine incapacidad para gobernarse a sí mismo o para comprender las consecuencias de sus actos, así como no hallarse en estado de interdicción legal.
- No haber sido condenado, con sentencia firme, por un delito considerado punible en España con pena privativa de libertad de tres años o más.
- No haber sido expulsado de España ni de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
- No figurar en los listados oficiales de exclusión, prohibición de entrada o de permanencia en España o en los Estados miembros de la Unión Europea.
- No se tratar de una persona cuya presencia en España o en los Estados miembros de la Unión Europea constituyese un peligro para la seguridad nacional o la seguridad pública.
- No se tratar de una persona cuya permanencia en España o en los Estados miembros de la Unión Europea pudiera perjudicar los intereses fundamentales de España o de los Estados miembros de la Unión Europea.
- Haber sido objeto de una orden de expulsión de España o de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, que no haya sido ejecutada de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable.
- No se tratar de una persona cuya expulsión de España o de los Estados miembros de la Unión Europea haya sido ordenada por resolución judicial.
- No se tratar de una persona respecto de la que se haya dictado orden de búsqueda y captura, con objeto de su entrega a un Estado miembro de la Unión Europea, en virtud del Tratado de Praga, de 13 de diciembre de 2005, o de cualquier otro instrumento internacional que sustituya a aquel.
- No se tratar de una persona respecto de la que se haya dictado orden de búsqueda y captura, con objeto de su entrega a un Estado miembro de la Unión Europea, en virtud del Tratado de Lisboa, de 13 de diciembre de 2007, o de cualquier otro instrumento internacional que sustituya a aquel.
- No se tratar de una persona respecto de la que se haya dictado orden de búsqueda y captura, con objeto de su entrega a un Estado miembro de la Unión Europea, en virtud del Tratado de Extradición entre la Unión Europea y sus Estados miembros, de 29 de mayo de 2000, o de cualquier otro instrumento internacional que sustituya a aquel.
- No se tratar de una persona respecto de la que se haya dictado orden de búsqueda y captura, con objeto de su entrega a un Estado miembro de la Unión Europea, en virtud del Tratado de extradición entre la Unión Europea y sus Estados miembros, de 29 de mayo de 2000, o de cualquier otro instrumento internacional que sustituya a aquel.
- Cumplir con los requisitos establecidos para la obtención del certificado de registro como comunitario o de inscripción en el Registro de Ciudadanos de Nacionalidad Española residentes en el extranjero (CER).
- Aportar fotocopia del DNI o del pasaporte español.
- Aportar fotocopia del permiso de residencia y de trabajo, en su caso.
- Aportar fotocopia de la certificación de empadronamiento expedida por las autoridades militares.
- Aportar fotocopia del certificado de inscripción en el Padrón Municipal.
- Aportar fotocopia de la declaración de la renta o del modelo 190, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la situación laboral, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de los ingresos percibidos, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la pensión percibida, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de los ingresos percibidos por alquiler de inmuebles, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de los ingresos percibidos por actividades económicas, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de los recursos suficientes, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por enfermedad, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por accidente, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por riesgo durante el embarazo, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por riesgo en el parto, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por cese de actividad, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por desempleo, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por invalidez, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por viudedad, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por orfandad, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por cuidado de hijos menores, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por maternidad, en su caso.
- Aportar fotocopia de la documentación acreditativa de la cobertura por paternidad, en su caso.