requisitos para renovacion tarjeta comunitaria madrid

Para renovar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en Madrid, hay que seguir los trámites que se indican a continuación:

  1. Citas previas:
    • Para solicitar cita previa, hay que llamar al teléfono de información 902 400 061 (de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas y sábados de 9:00 a 14:00 horas) o bien a través del sistema de citas previas disponible en esta misma página. En el momento de solicitar la cita, se indicará el centro donde se desea realizar el trámite.
    • Una vez obtenida la cita, se debe acudir al centro indicado, en la fecha y hora asignadas, acreditando la identidad con el pasaporte en vigor. Si se trata de un menor de edad, deberá acudir acompañado de su representante legal.
  2. Documentación:
    • Para renovar la TIE, hay que presentar los siguientes documentos:
      - Pasaporte en vigor
      - Tarjeta de Identidad de Extranjero caducada o por caducar
      - Certificado de empadronamiento (el original y una fotocopia)
      - Documentación acreditativa de la situación administrativa y laboral en España:
      · Contrato de trabajo
      · Documentación acreditativa de estar en situación de desempleo
      · Certificado de inscripción en el censo de estudiantes
      · Documentación acreditativa de la prestación por desempleo o subsidio por cese de actividad
      · Documentación acreditativa de percepción de rentas vitalicias o cualesquiera otras, según corresponda
      · Poder si el interesado no puede comparecer personalmente
    • En el caso de que el solicitante no reúna los requisitos para obtener la TIE, deberá presentar la documentación correspondiente a la situación administrativa y laboral en España, acreditativa de que cumple con los requisitos para obtenerla.
  3. Tasas:
    • La tasa a abonar por este trámite asciende a 7,64 euros. Se podrá pagar:
      - En efectivo, en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid.
      - Con tarjeta de débito o crédito, en las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid o en las Oficinas de Correos.
      - A través de home banking, en la página web del Banco de España. Para ello, hay que seguir los pasos que se indican en el siguiente documento.
      - Mediante pago telemático, a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, hay que seguir los pasos que se indican en el siguiente documento.

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