Para renovar la residencia permanente, el solicitante debe:
- Haber residido continuamente en el país por al menos dos años sin interrupciones mayores a seis meses.
- No haber abandonado el país por un período mayor a un año en los últimos cinco años.
- No haber sido condenado en el país o en el extranjero por un delito que implique una pena de prisión mayor de un año.
- Estar al día en el pago de impuestos.
- Estar al corriente en el pago de la seguridad social.
- No haber cometido faltas que puedan comprometer la seguridad del país.
- No estar sujeto a medidas cautelares que impidan la salida del territorio nacional.
Para solicitar la renovación de la residencia permanente, el interesado debe presentar:
- La solicitud dirigida al director general de Migraciones.
- El pasaporte o documento nacional de identidad vigente.
- La tarjeta de residencia original y copia.
- Un certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades competentes de todos los países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
- Un certificado de residencia expedido por las autoridades competentes de todos los países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
- Una fotografía tamaño carnet.
- El comprobante de pago de la tasa correspondiente.
- El comprobante de pago de la seguridad social.
- El comprobante de pago de los impuestos vigentes.
- La certificación de solvencia económica expedida por el banco en el que mantiene su cuenta corriente.