Para recibir donativos se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de las Personas Jurídicas, tener una cuenta bancaria a nombre de la institución y una solicitud dirigida al presidente de la Junta Directiva de la Fundación Amigos de la Unesco, con el visto bueno del representante legal. En ella se debe especificar el monto solicitado, el proyecto para el cual se solicita y el plazo en el que se pretende ejecutarlo.
Los donativos pueden ser en efectivo, en especie o en servicios. En el caso de los bienes muebles deberán ser nuevos. Se exceptúan los libros, cuya donación deberá ser previamente autorizada por la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM). Los bienes inmuebles deberán ser aprobados por la Comisión de Patrimonio.
Los servicios deberán ser prestados gratuitamente y deberán estar relacionados con las actividades de la Fundación. En todos los casos, se deberá adjuntar la factura o recibo que acredite la donación efectuada.