El reagrupamiento familiar en España es el proceso mediante el cual los ciudadanos extranjeros que residan legalmente en el país pueden solicitar el permiso de residencia y trabajo para sus familiares. En la actualidad, los requisitos para el reagrupamiento familiar son los siguientes:
- Tener un permiso de residencia válido. El solicitante debe ser ciudadano extranjero y residir legalmente en España con un permiso de residencia válido. No se requiere que el permiso de residencia sea de tipo permanente, pero sí debe estar en vigor en el momento de solicitar el reagrupamiento familiar.
- Estar empadronado. El solicitante debe estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes de su municipio de residencia. Para ello, deberá solicitar el certificado de empadronamiento en el Ayuntamiento correspondiente.
- Tener un contrato de trabajo. El solicitante debe tener un contrato de trabajo en vigor con una duración mínima de un año. No se requiere que el contrato de trabajo sea indefinido, pero sí debe estar en vigor en el momento de solicitar el reagrupamiento familiar.
- Tener un seguro médico. El solicitante debe estar cubierto por un seguro médico que cumpla con los requisitos establecidos por la Ley. No se requiere que el seguro médico sea de tipo privado, pero sí debe estar en vigor en el momento de solicitar el reagrupamiento familiar.
- Tener una vivienda adecuada. El solicitante debe disponer de una vivienda adecuada para alojar a los miembros de su familia. La vivienda debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Ley y debe estar en buenas condiciones de habitabilidad.
- Tener los recursos económicos suficientes. El solicitante debe disponer de los recursos económicos suficientes para mantener a los miembros de su familia. Los recursos económicos deben ser suficientes para cubrir las necesidades básicas de la familia, como la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia sanitaria.
En algunos casos, el solicitante de reagrupamiento familiar podrá acreditar que cumple con los requisitos mediante la presentación de una certificación expedida por el Ayuntamiento correspondiente. La certificación deberá estar en vigor en el momento de solicitar el reagrupamiento familiar.