requisitos para reagrupación familiar en panamá

Los ciudadanos extranjeros que desean solicitar la reagrupación familiar en Panamá deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano de un país miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA)
  • Tener un parentesco consanguíneo directo (padres, hijos o hermanos) con un ciudadano panameño
  • Contar con una visa de turista válida o una autorización de residencia en Panamá
  • Estar en posesión de un pasaporte válido
  • Solicitar la reagrupación familiar dentro de los tres meses siguientes a la entrada al país
  • Acreditar que cuenta con los recursos suficientes para mantenerse y no ser una carga para el Estado panameño
  • No tener antecedentes penales
  • Estar en buenas condiciones de salud y no padecer enfermedades contagiosas o peligrosas
  • No estar impedido para contraer matrimonio

Una vez que se cumplan estos requisitos, el ciudadano extranjero deberá presentar los siguientes documentos:

  • Una solicitud dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañada de los documentos necesarios
  • Un certificado de nacimiento del beneficiario de la reagrupación familiar
  • Una fotocopia del pasaporte del beneficiario
  • Una fotocopia del pasaporte y la visa de turista válida o la autorización de residencia del solicitante
  • Un certificado de matrimonio, en el caso de solicitar la reagrupación de un cónyuge
  • Una fotocopia de la cédula de identidad y electoral del ciudadano panameño
  • Una declaración juramentada en la que el ciudadano panameño se compromete a mantener y alimentar al beneficiario de la reagrupación familiar
  • Una fotocopia de la última planilla de salarios del ciudadano panameño
  • Una fotocopia de los últimos estados de cuenta bancarios del ciudadano panameño
  • Una fotocopia del contrato de arrendamiento de una vivienda en Panamá, en el caso de que el ciudadano panameño no sea propietario de una vivienda
  • Una fotocopia del título de propiedad de una vivienda en Panamá, en el caso de que el ciudadano panameño sea propietario de una vivienda
  • Una declaración juramentada en la que el ciudadano panameño se compromete a mantener y alimentar al beneficiario de la reagrupación familiar
  • Una fotocopia de la última planilla de salarios del ciudadano panameño
  • Un certificado de antecedentes penales, expedido por la autoridad competente del país de origen del solicitante
  • Un certificado de antecedentes penales, expedido por la autoridad competente del país de origen del beneficiario de la reagrupación familiar
  • Una fotocopia del pasaporte del beneficiario
  • Una fotocopia de la visa de turista válida o de la autorización de residencia del beneficiario
  • Un certificado de nacimiento del beneficiario
  • Un certificado de matrimonio, en el caso de solicitar la reagrupación de un cónyuge
  • Una fotocopia de la cédula de identidad y electoral del ciudadano panameño
  • Un informe médico oficial, expedido por un médico autorizado por el Ministerio de Salud de Panamá, en el que se certifique que el beneficiario de la reagrupación familiar no padece enfermedades contagiosas o peligrosas

Una vez que se hayan presentado todos los documentos, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá evaluará la solicitud y, si se cumplen todos los requisitos, se tramitará la visa de residencia del beneficiario de la reagrupación familiar.

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