La reagrupación familiar es el proceso mediante el cual una persona extranjera legalmente residente en España puede solicitar la entrada y el permiso de residencia de sus familiares directos (cónyuge e hijos menores de edad).
Para poder solicitar la reagrupación familiar deben cumplirse unos requisitos previos, tanto por parte del solicitante como de sus familiares:
- El solicitante debe ser mayor de edad y tener un contrato de trabajo en España indefinido o por tiempo determinado de una duración mínima de un año.
- El salario mensual del solicitante debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional vigente en España en el momento de la solicitud.
- El solicitante debe disponer de una vivienda en España adecuada para alojar a sus familiares.
- Los familiares del solicitante deben ser parentescos directos (cónyuge e hijos menores de edad).
- Los familiares del solicitante deben no tener antecedentes penales ni estar en situación irregular en España o en cualquier otro país.
- Los familiares del solicitante deben disponer de un seguro médico válido para España.
- El solicitante debe acreditar que tiene los medios económicos suficientes para mantener a sus familiares en España.
Una vez cumplidos todos estos requisitos, el solicitante debe solicitar la reagrupación familiar en el Registro Civil del lugar donde vaya a residir en España. La solicitud de reagrupación familiar debe acompañarse de los siguientes documentos:
- Fotocopia del DNI o del pasaporte válido del solicitante.
- Fotocopia del contrato de trabajo del solicitante.
- Fotocopia del recibo de salario del último mes del solicitante.
- Fotocopia del permiso de residencia y del DNI o del pasaporte válido de los familiares que se solicitan.
- Fotocopia del certificado de nacimiento de los hijos menores de edad.
- Fotocopia del certificado de matrimonio o de la sentencia de divorcio, en el caso de que el solicitante tenga un cónyuge.
- Fotocopia del seguro médico de los familiares que se solicitan.
- Fotocopia del certificado de antecedentes penales de los familiares que se solicitan.
- Fotocopia del contrato de alquiler o del título de propiedad de la vivienda donde van a residir los familiares en España.
- Fotocopia de la declaración de la renta del solicitante.
- Fotocopia de los recibos de suministros (luz, agua, gas, etc.) de la vivienda donde van a residir los familiares en España.
Una vez presentada la solicitud de reagrupación familiar, el Registro Civil remite la solicitud al Ministerio de Asuntos Exteriores, que tramitará la solicitud y notificará la resolución al solicitante. Si la solicitud es denegada, el solicitante puede presentar un recurso de reconsideración en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución. Si el recurso es desestimado, el solicitante puede presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución.