requisitos para reagrupación familiar comunitario

La reagrupación familiar comunitario es un proceso administrativo por el cual un inmigrante legalmente establecido en España puede solicitar el traslado de su familia a España. Este proceso está regulado por el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, por el que se regula la entrada en España, el libre circulación y la estancia de los ciudadanos de los Estados de la Unión Europea y de otros Estados con los que España mantenga acuerdos en materia de libre circulación de personas. Según este Real Decreto, para solicitar la reagrupación familiar comunitario, el inmigrante debe reunir los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de un permiso de residencia válido en España.
  • Estar empadronado en el municipio donde solicite la reagrupación.
  • Disponer de un seguro médico que cubra las necesidades sanitarias en España.
  • Acreditar que dispone de medios económicos suficientes para mantener a su familia una vez que estén en España. Esto se puede acreditar mediante un contrato de trabajo, una declaración del empleador, una certificación de la Seguridad Social o un certificado del Banco de España.
  • No estar inhabilitado judicialmente para el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos menores de edad.
  • No haber sido condenado por un delito cometido en España o en el extranjero que suponga una pena de privación de libertad de tres años o más.
  • No haber sido expulsado de España o de otros países de la Unión Europea.

Una vez que se cumplen estos requisitos, el inmigrante puede solicitar la reagrupación familiar comunitario a través de la Oficina de Extranjería del municipio donde esté empadronado. En la solicitud deberá adjuntar la documentación necesaria, que incluye el permiso de residencia del inmigrante, el certificado de empadronamiento, el certificado de nacimiento o el certificado de matrimonio, entre otros. Una vez que se tramita la solicitud, se notificará a los interesados la resolución adoptada.

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