Para postularse como candidato a la alcaldía de una localidad, se deberá reunir los siguientes requisitos:
  - Ser español o nacional de un país miembro de la Unión Europea.
  - Tener empadronamiento en la localidad en la que se pretende ser alcalde.
  - No padecer incapacidad legal para ejercer el derecho de sufragio.
  - No haber perdido el derecho de sufragio activo.
  - No haber sido separado mediante sentencia firme del cargo de alcalde o de concejal de otra localidad.
  - No haber sido condenado por sentencia firme por delitos cometidos con anterioridad a la candidatura, que supongan privación de libertad de más de dos años.
  
 Para más información puedes consultar el Reglamento Orgánico 4/2015, de 30 de marzo, del Ayuntamiento en el Boletín Oficial del Estado.