Los mexicanos tenemos derecho a llevar el apellido paterno que deseemos. El Reglamento del Registro Civil establece que el acta de nacimiento debe contener el apellido paterno y materno del niño. Sin embargo, si los padres así lo desean, pueden optar por registrar únicamente el apellido paterno del menor. Para hacerlo, deberán acudir al Registro Civil acompañados de un abogado que los represente. En la solicitud que presentarán ante el oficial del Registro, deberán indicar que desean que en el acta de nacimiento conste únicamente el apellido paterno del menor. Asimismo, deberán señalar el motivo por el cual toman esta decisión. Si el Registro Civil considera que los argumentos esgrimidos son suficientes, procederá a hacer las modificaciones necesarias en el acta de nacimiento. En caso contrario, podrán interponer un recurso de inconformidad. Si aún así el Registro Civil se mantiene en su decisión, podrán acudir a un juicio de amparo.