requisitos para policia nacional especialista
Los requisitos para ser policía nacional especialista son:
- Tener entre 20 y 35 años de edad
- Estar en posesión de un título universitario de grado o licenciatura en Derecho, Criminología, Psicología, Sociología, Medicina, Ingeniería, o en cualquier otra rama del saber con especialidad en seguridad, defensa o inteligencia. Los títulos de grado o licenciatura expedidos por universidades extranjeras deberán ser homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio activo de ninguna de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil, ni haber sido condenado por sentencia firme por un delito doloso, salvo que hubiera transcurrido un tiempo de rehabilitación superior a cinco años desde la fecha en que se le impuso la pena y que no se trate de un delito contra la seguridad del Estado, contra los derechos fundamentales o contra las personas
- No haber sido condenado, mediante sentencia firme, por un delito contra la Administración Pública, contra la seguridad del Estado, contra los derechos fundamentales o contra las personas, siempre que no hubiera transcurrido un tiempo de rehabilitación superior a cinco años desde la fecha en que se le impuso la pena
- No haber estado sometido a procedimiento disciplinario ni judicial, salvo sentencia absolutoria, en el que se haya imputado un delito doloso o contra la Administración Pública
- Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos a motor de la clase B o superior, en vigor
- No padecer enfermedad ni tener deficiencia física ni psíquica que imposibilite el correcto desempeño de las funciones propias de la Policía Nacional especialista
- No haber sido rechazado por el Servicio de Inteligencia de la Policía Nacional en algún proceso de selección anterior
- Superar el proceso de selección, que comprenderá una prueba de conocimientos, una prueba de aptitud física, una prueba psicológica, una entrevista personal y una investigación de idoneidad
- Cumplir los requisitos mínimos de altura establecidos en el Anexo I del presente decreto