La pensión alimenticia es un derecho de los hijos menores de edad, y su cuantía se fija atendiendo a las necesidades del hijo y a las posibilidades económicas del progenitor que la tiene que pagar. No obstante, en algunos casos es posible que la pensión alimenticia también afecte a hijos mayores de edad si estos no pueden valerse por sí mismos. En estos casos, la pensión se fija atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso.
Para poder cobrar una pensión alimenticia, el hijo debe reunir ciertos requisitos:
En el caso de hijos menores de edad, la pensión alimenticia será pagada hasta que el hijo cumpla los 18 años de edad, aunque en algunos casos puede prorrogarse hasta los 21 años si el hijo está estudiando una carrera universitaria o está realizando una formación profesional.
Para poder reclamar una pensión alimenticia, el hijo deberá presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia competente. En la demanda se deberán especificar los datos del hijo y del progenitor que debe pagar la pensión, así como la cuantía de la pensión solicitada. También se deberán aportar los documentos necesarios para acreditar las circunstancias del hijo y del progenitor, como por ejemplo, la certificación del estado civil de ambos, la certificación de la renta percibida por el hijo o los documentos acreditativos de las circunstancias especiales del hijo (certificado académico, historial escolar, etc.).
Una vez presentada la demanda, se notificará al progenitor demandado para que pueda comparecer ante el Juzgado y presentar su defensa. En la vista oral, el Juzgado decidirá si procede o no la pensión alimenticia y, en su caso, fijará la cuantía de la misma atendiendo a las circunstancias del hijo y del progenitor. En algunos casos, el Juzgado puede pedir informes a los Servicios Sociales o a otros organismos para que valoren las circunstancias del hijo y del progenitor y puedan emitir un informe sobre la cuantía de la pensión alimenticia que procede.
Una vez fijada la pensión alimenticia, el progenitor que la tiene que pagar deberá hacerlo mensualmente y en la cuantía fijada por el Juzgado. Si el progenitor no cumple con su obligación, el hijo podrá solicitar al Juzgado que se le embargue el sueldo o se le impongan otras medidas coercitivas para hacer efectivo el pago de la pensión.